TRANSPARENCIA

PRINCIPIOS

Los CETIPs se rigen bajo los siguientes principios:

Celeridad.

Los procesos deben dotar al trámite la máxima rapidez posible, a fin de alcanzar una decisión en tiempo razonable, sin que ello vulnere los procedimientos.

Equidad.

En temas de desarrollo productivo, se debe tratar de manera igual a quienes se encuentran en una misma situación y de manera diferenciada a quienes se ubiquen en situaciones desiguales.

Inclusión.

Permite a todas las personas que tienen iniciativas emprendedoras, conformar una Micro y Pequeña Empresa.

Simplicidad.

Los procedimientos administrativos que involucren a las Micro y Pequeñas Empresas, y en general a las micro y pequeñas unidades productivas, deberán ser comprensibles, sencillos y precisos, eliminando formalismos innecesarios.

SUSTENTO JURÍDICO

  • Constitución Política de Estado (Artículo Nº 306).
  • El Decreto Supremo Nº 29727 de 1 de octubre de 2008, modificado y complementado por el Decreto Supremo N° 29815, de 26 de noviembre de 2008, crea PRO-BOLIVIA como una entidad desconcentrada dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural.
  • La Agenda Patriótica 2025 y la adscripción de MDPyEP, Ley N° 650 de 19 de enero de 2015
  • El Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural (MDPyEP) y su Plan Estratégico Institucional 2016 – 2020 (PEI) y el cumplimiento del Plan Sectorial de Desarrollo Integral (PSDI).
  • Ley Nº 947 de 11 de mayo de 2017, Micro y Pequeñas Empresas
  • Decreto Supremo Nº 3567 de 23 de mayo de 2017 que reglamenta la Ley N°947
  • Ley No. 777 del 21 de enero de 2016, Ley del Sistema de Planificación Integral del Estado (SPIE)